El 9.28%, es el tope máximo del aumento del arriendo, es decir, es lo máximo que el propietario puede aumentar al canon de arrendamiento mensual. La Ley 820 del 2003 que rige el arriendo de vivienda en Colombia, también deja libertad si el propietario quiere hacer un aumento menor al IPC del año inmediatamente anterior.
En cuanto a cómo se aplica el aumento del arriendo, la ley es clara, este incremento solo puede aplicarse cuando se renueva el contrato o cuando ya pasaron 12 meses desde la última vez que se realizó el aumento. Esto quiere decir, si el contrato se firmó, renovó o aumentó en junio del 2023, el aumento solo podrá aplicarse en junio del 2024.El aumento no comienza al inicio del año, como lo indica la ley, ni en enero de cada año.
La ley establece dos formas en las que se debe aplicar el aumento y que dependerán del año en que se firmó el contrato.
Ejemplo: Si el valor del canon de arrendamiento es de $1.500.000 y el contrato se renueva en mayo del 2023, el aumento sería de $45.000 con un valor total a pagar de $1.545.000
Ejemplo: Si el canon de arrendamiento es de $1.800.000 y el contrato se renueva en junio del 2023, el valor del aumento es de $167.040, para un total de $1.967.040
Conoce más sobre la Ley 820 del 2003
El aumento del arriendo en 2024, la ley 820 del 2003 estipula varios puntos a tener en cuenta, para evitar chascos o o inconvenientes:
¿Y los inmuebles comerciales?
El aumento del arriendo en 2024 solo aplica a inmuebles destinados a vivienda como lo indica la Ley 820 del 2003. En cuanto a inmuebles comerciales como locales, oficinas, consultorios y bodegas, los cañones se rigen por lo que de común acuerdo dejaron en el contrato y también sujetos al Código de Comercio.
En la actualidad existe una escasez de oferta de vivienda en arriendo en el país, a pesar, de que, según las cifras del DANE, el 40.2% de colombianos viven en arriendo, lo que representa 7 millones de hogares.
En las grandes ciudades, las personas que viven en arriendo van en aumento: “Bogotá con 52.7%, Risaralda el 48.5% y Valle el 47% lideran como las regiones con mayor cantidad de arrendatarios” indica Fedelonjas.
“En la actualidad, la escasez de oferta de inmuebles en arriendo que presenta gran parte de las ciudades del país ha incidido en incrementos importantes en los contratos de arrendamiento. Según lo que hemos revisado, al arrendatario promedio le resulta mejor aceptar el aumento que determina la ley, pues actualmente con la poca oferta de inmuebles, si busca propiedades con características similares, tendría que pagar entre un 30% a 50% más, por las condiciones del mercado” precisó Rafael Gómez, abogado especialista en temas inmobiliarios de DERAÍZ Abogados
Esto se puede ver también en el monitoreo del IPC anual que incide en el aumento de los arriendos por ley:
El abogado especialista en temas inmobiliarios de DERAÍZ, Rafael Gómez también nos dar una serie de consejos a tener en cuenta si se vive en arriendo.
1. Presupuesto aterrizado del hogar: Realizar este presupuesto desde diciembre, sin olvidar el aumento que tendrá el canon de arrendamiento y en qué fecha será, evita sorpresas con algún posible incumplimiento del contrato.
2. Si se toma la decisión de entregar un inmueble, recordar pre-avisar con tiempo para evitar sanciones y no olvidar la escasez de inmuebles en arriendo, para que hacer una búsqueda con tiempo y que genere prorrogas o renovaciones, sino la entrega en el momento indicado.
En el artículo sobre renovaciones que aumentan el valor de propiedades en Nicaragua, los lectores encontrarán ideas clave para mejorar su hogar con un buen retorno de inversión.
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